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La legendaria plaza de toros el Toreo de Tijuana fue inaugurada el 3 de Julio de 1938 en corrida de toros "mano a mano" entre Fermin Espinosa "armillita" y Alberto Balderas, con toros de Piedras Negras, es decir que este 3 de Julio el Toreo de Tijuana cumpliría su 69 aniversario, y en lugar de celebrarse con grandes festejos, este 3 de Julio del 2007 la plaza ha sido totalmente demolida. La brava y encastada faena por defender y preservar como patrimonio histórico y cultural la plaza el Toreo de Tijuana encabezada por el Consejo Nacional de Aficionados y Peñas Taurinas de México "CONTOROMEX" y la peña taurina Tijuana-Tierra-Taurina, y diversos grupos de profesionistas, de la historia y la cultura, ha sucumbido ante los siguientes responsables directos de la demolición de el Toreo de Tijuana: PRIMERO.- Sus tres empresas propietarias, de su inmueble El Toreo de Tijuana, S.A. e Impulsora Inmobiliaria Internacional, S.A. de C.V. y su explotadora empresa mas conocida Espectáculos Taurinos de México, S.A. de C.V. (ETMSA) que utilizando y monopolizando la Fiesta Brava para sus interés personales y su desarraigo y demostrado desprecio para Tijuana hizo decaer el espectáculo y el negocio taurino, en el Diario La Jornada, pagina 11a, del 17 de Junio del 2002 dicen el prestigiado abogado y hoy procurador general de Justicia del taurinos Estado de Aguascalientes Lic. Xavier Gonzalez Fisher y el valiente periodista Leonardo Paez que ETMSA genera intencionalmente perdidas económicas en sus plazas de toros para consolidar fiscalmente (pagar menos impuestos) en los otras empresas No taurinas del mismo propietario, ahora quedan claro todos los negativos acontecimientos taurinos en los últimos años en Tijuana, por supuesto incluyendo su infame destrucción. SEGUNDO.- Aficionados taurinos locales, judas, coríferos y arrastrados comparsas de la empresa propietaria, algunos habiendo recibiendo en los últimos años pases (entrar a las corridas sin pagar) unos se mantuvieron "tapados", pero otros por su descastada e infecunda naturaleza para crear y defender convicciones e ideales se prestaron a la empresa propietaria para manifestarse públicamente a favor de la demolición de la plaza y para atacar e intentar contrarrestar el movimiento y la lucha de su defensa (claro nunca embistiendo de frente), aunque se dude ! aquí en Tijuana tuvimos aficionados taurinos que estuvieron de acuerdo y apoyaron la demolición de plaza de toros de su ciudad ! TERCERO.- El Director de Administración Urbana del Ayuntamiento de la ciudad (DAU) Arquitecto David Navarro quien de manera irregular e ilegal concedió la licencia de demolición de la plaza, incumpliendo y violando la siguiente normatividad: a).- No solicito previa autorización a la Comisión de Preservación del Patrimonio Cultural, como lo ordena el articulo 27 de la Ley de Preservación del Patrimonio Cultural. b).- No solicito previa autorización del Instituto de Antropología e Historia, como lo dispone el articulo 15 de la Ley de Edificaciones. c).- No elaboro dictamen técnico previo, como lo ordena el articulo 79 del Reglamento del Ayuntamiento de Tijuana. d).- No elaboro dictamen técnico previo, como lo ordena el articulo 27 del Reglamento Interior de la Secretaria de Desarrollo Urbano. e).- En la licencia de demolición estableció que esta se llevara a cabo en domicilio distinto al real de la plaza. f).- En la licencia de demolición estableció que esta se llevara a cabo para un nivel, cuando la plaza tenia 4 niveles. g).- En la licencia de demolición estableció que esta y de manera contraria era licencia de construccion. h).- Durante el periodo de las obras de demolición del 7 de Febrero al 9 de Marzo del 2007, recibió diversos oficios del Instituto de Cultura de Baja California, de Regidores del Ayuntamiento de Tijuana, del Contoromex, etc. para que suspendiera o revocara las obras de demolición de la plaza, Nunca hizo caso. CUARTO.- Funcionarias del Instituto de Cultura de Baja California (ICBC) Maricela Jacobo y Carmen Bojorquez, quienes conforme la Ley de Preservación del Patrimonio Cultural incumplieron con sus siguientes responsabilidades: a).- No ejercieron todas las acciones legales para proteger la plaza de toros el Toreo de Tijuana, que se encontraba por el propio ICBC como bien susceptible de declaración patrimonial, situación conocida por las citadas funcionarias incluso antes del listado de bienes susceptibles de declaración que la misma Maricela Jacobo envió mediante oficio el 14 de Marzo del 2005 al Presidente Municipal y al propio Director de la DAU. b).- A pesar de la Ley le establece atribuciones de oficio (la autoridad puede actuar sin que se lo soliciten) el Contoromex por escrito del 30 de Enero del 2007 en el escrito de inicio de declaratoria de patrimonio cultural de el Toreo de Tijuana, entre otras les solicito al ICBC ejercer las medidas cautelares que la Ley le establece para suspender la demolición de la plaza, así como diversas solicitudes de manera personal, y a pesar de que los artículos 72 d y 88 fracción IV de la Ley de Preservación del Patrimonio Cultural le concede amplias y expresas facultades al ICBC para ordenar las suspensión de demoliciones de bienes susceptibles de declaración patrimonial, las citadas funcionarias ! No hicieron uso de sus atribuciones de Ley ! dejando que día a día y a la vista de todos la empresa propietaria fuera destruyendo el Toreo de Tijuana, suspensión que finalmente hizo el 9 de Marzo pasado, cuando se llevaba un 70 % de la demolición de la plaza. c).- Las señaladas funcionarias del ICBC durante el procedimiento a su oficial cargo de declaración patrimonial del Toreo de Tijuana, se condujeron con total irresponsabilidad, negligencia e ineptitud, pues durante todos este tiempo y en el receso de los tres meses de la suspensión de la demolición, suspensión que venció el 9 de Junio pasado, las citadas funcionaria No realizaron debida y oportunamente el dictamen técnico que obliga la Ley previo y necesario para su declaratoria oficial como patrimonio histórico y cultural, y con dicho letargo, irresponsabilidad y negligencia beneficiando a la empresa propietaria de la plaza, quien una vez vencido el plazo de la suspensión continuo con la demolición de la plaza que hoy culmina. d).- Las funcionarias del ICBC para justificar su negligencia e ineptitud argumentan que la empresa propietaria de la plaza inicio un juicio de amparo (habeas corpus) contra los actos de autoridad del ICBC en este asunto, sin embargo lo anterior No significa que la empresa propietaria haya ganado el citado juicio, y aunque así fuese la Ley de Amparo incluye diversos medios de impugnacion que puede hacer valer la autoridad demandada, por otro lado las citadas funcionarias nunca han hecho del conocimiento del juicio de amparo al Contoromex en su carácter de denunciante del procedimiento de declaratoria de patrimonio histórico y cultural del Toreo de Tijuana, lo que legalmente lo hace tener interés legitimo en el juicio de amparo en la figura jurídica de terceros perjudicados, impidiendo y negando el ICBC al Contoromex de poder accesar al citado juicio de amparo para litigar y defender legalmente en dichos terrenos sus derechos en la defensa de el Toreo de Tijuana. e).- En su defecto, los juicios de amparo se pierden por parte de la autoridad, en este caso del ICBC del Gobierno del Estado de Baja California, por los antijurídicos procedimientos y actos de sus funcionarios. En base a la Ley de Responsabilidades de los Servidores Publicos el 13 de Junio pasado se presento queja y denuncia ante el órganos de control y disciplina contra el Director de la DAU, en fecha inmediata se hará lo conducente contra las señaladas funcionarias del ICBC. En el futuro invariablemente de la construccion que se levante en los terrenos de el Toreo de Tijuana, por supuesto que siempre suspiraremos con añoranza, pero también expresaremos una satisfactoria y franca sonrisa, porque aun perdida nos hemos entregado apasionadamente a esta gran faena que ha fortalecido nuestros ideales y nuestras convicciones, y sin haberlo pretendido también hemos demostrado nuestra casta y bravura de auténticos y Universales aficionados taurinos. |
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